Apunte pyme · facturación
Qué es Verifactu
Verifactu —en la Agencia Tributaria, VERI*FACTU o factura verificable— no es un chatbot ni un “sello de IA”. Es el régimen de los sistemas informáticos de facturación (SIF): el programa con el que una empresa o un autónomo emite facturas en España, bajo el RD 1007/2023 y sus plazos actualizados.
Si buscas “qué es Verifactu”, “cuándo entra en vigor” o “si es obligatorio para autónomos”, la respuesta útil cabe en cuatro frases. Primera: aplica a quien factura en territorio común (IRPF, IS, IRNR con establecimiento permanente). Segunda: no aplica a quienes tributan en el País Vasco o Navarra. Tercera: el SIF tiene que dejar registros de facturación íntegros; si eliges la modalidad VERI*FACTU, esos registros se remiten a la AEAT y la factura puede llevar QR y la leyenda de factura verificable. Cuarta: un lector OCR de facturas de proveedor no es un SIF. Extrae lo que te mandan. No emite lo que tú facturas.
Esta página no sustituye a la sede de la AEAT ni a tu asesor. Sirve para no firmar un pack “homologado” que confunde tres cosas distintas: emitir, extraer, y digitalizar papel para destruirlo.
Qué es, en lenguaje de pyme
Hoy muchas pymes facturan con Word, una plantilla, un Excel o un programa que permite borrar y rehacer números. El reglamento de sistemas de facturación (RRSIF) pide que el programa que emite no sea un bloc de notas: genera un registro de cada factura (y de las anulaciones), con integridad, trazabilidad y un formato que la Administración puede leer.
VERI*FACTU es la modalidad en la que ese registro se envía a la AEAT. No es lo mismo que la factura electrónica B2B de la ley Crea y Crece (formato estructurado entre empresas). Un registro de facturación no es la factura completa. Generar registros Verifactu no equivale, por sí, a emitir factura electrónica.
La AEAT publica una aplicación gratuita de facturación VERI*FACTU. Si tu volumen es pequeño y el flujo cabe ahí, es una opción real. “Verifactu gratis” en Google suele apuntar a eso, o a cursos. No apunta a un SIF de 6.000 € disfrazado de bono.
Cuándo entra en vigor (plazos 2027)
Los plazos se han movido. El Real Decreto-ley 15/2025 (BOE 3 de diciembre de 2025) amplió la adaptación de los SIF: las entidades que presentan Impuesto sobre Sociedades deben tener el sistema adaptado antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados —autónomos y quienes no están en ese grupo—, antes del 1 de julio de 2027.
Eso es “cuándo entra en vigor” para el obligado tributario. Los fabricantes de software tienen su propio calendario de certificación y de puesta en mercado. No mezcles la fecha del vendedor (“ya estamos listos”) con la tuya. Pregunta: ¿este programa emite mis facturas? ¿En qué modalidad? ¿Qué pasa con las facturas ya hechas en Word?
Si un comercial te dice “obligatorio en 2025” o “en julio de este año para todos”, pide la disposición. Los aplazamientos existen precisamente porque el calendario anterior no se sostuvo.
Quién está obligado — y quién no
Ámbito general: empresarios y profesionales que emiten facturas y tributan en territorio de régimen común. Quedan fuera, entre otros, quienes tributan en los territorios forales (País Vasco y Navarra) para esta norma. No escribas “obligatorio para todos en España”. No lo es.
Tampoco aplica a un sistema que no emite facturas. Un archivador, un OCR de facturas recibidas, un CRM, un Excel de cobros: no son SIF por el hecho de guardar un PDF. El RRSIF habla del programa que soporta el proceso de facturación —el de salida—, no del buzón de entrada.
Si facturas con la app gratuita de la AEAT, ese es tu SIF. Si facturas con un ERP, el ERP (o el módulo de emisión) tiene que cumplir. Si “facturas” mandando un PDF hecho a mano y el programa solo archiva, el problema no es el OCR: es que no tienes sistema de emisión.
Kit Digital: no es un atajo mágico
La propia AEAT, en sus FAQ, sitúa los sistemas informáticos de facturación en la solución de Kit Digital de gestión de procesos (y, cuando toca, facturación electrónica del catálogo). Eso no convierte cualquier bono de “Gestión de procesos” o “Gestión de procesos con IA” en un SIF Verifactu.
En esta web, la ficha de gestión de procesos describe implantar un flujo (incluido, si encaja, emisión o captura). No vendemos un software homologado como SIF ni afirmamos adhesión. Si tu caso es “tengo que dejar de facturar en Word”, el trabajo es elegir un programa de emisión que cumpla, migrar numeración y formar a quien pulsa “emitir”. Si tu caso es “el administrativo teclea facturas de proveedor”, eso es captura. Otro flujo. Otro entregable.
Desconfía del pack que junta Verifactu + factura electrónica + OCR + destrucción de papel + Kit Digital en una sola frase. Son normas distintas y fechas distintas. Un revisor de bono lo ve. Hacienda también.
Lo que no es Verifactu
- No es un lector OCR. El OCR lee lo que te envían; Verifactu regula lo que emites.
- No es digitalización certificada (Orden EHA/962/2007). Extraer texto no autoriza a tirar el papel.
- No es la factura electrónica B2B (formato estructurado entre empresas).
- No es un certificado de “IA para pymes”.
- No es obligatorio en País Vasco y Navarra por esta norma.
Qué hacer esta semana
Lista con qué emites hoy (programa, plantilla, gestoría). Mira si ese programa tiene hoja de ruta SIF / VERI*FACTU por escrito. Si facturas poco, prueba la app de la AEAT en un entorno de pruebas. Si facturas mucho, pide a tu proveedor: modalidad, QR, registros, qué pasa con rectificativas y con el usuario que “borra y reemite”.
Aparte, si el dolor es teclear facturas de proveedor, eso no espera a 2027. Es un flujo de captura. Tenemos un lector OCR de facturas para extraer campos y dejar al humano las que no cuadran. No es un SIF. No lo presentamos como Verifactu.
Preguntas frecuentes
¿Verifactu es obligatorio para autónomos?
Para autónomos de territorio común, el plazo de adaptación del SIF es el 1 de julio de 2027 (resto de obligados, según el RDL 15/2025). Confirma tu caso con el asesor: no aplica el mismo día a sociedades del IS.
¿Hay Verifactu gratis?
La AEAT publica una aplicación gratuita de facturación VERI*FACTU. “Gratis” no significa un SIF de agencia a coste cero con bono.
¿El OCR de facturas cumple Verifactu?
No, si solo lee facturas recibidas. El reglamento cubre el sistema con el que emites. Mezclar las dos cosas es el truco comercial de 2026.
¿Podemos destruir el papel si usamos OCR?
No por usar OCR. La destrucción del original exige digitalización certificada con software homologado (Orden EHA/962/2007). Extraer texto no es eso.
Sigue con factura electrónica B2B, Kit Digital y el SIF y el lector OCR de facturas. Cuéntanos si el problema es emitir o teclear.
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