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Factura electrónica B2B: no es un PDF por correo

Si mandas un PDF por correo y lo llamas “factura electrónica”, Crea y Crece no habla de eso. La Ley 18/2022 y el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo (BOE 31 de marzo de 2026), regulan la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales: un mensaje informático estructurado, no un escaneo ni un Word exportado.

Las búsquedas “factura electrónica obligatoria”, “ley crea y crece” y “cuándo entra en vigor la factura electrónica B2B” mezclan tres relojes. Uno: el decreto entra en vigor a los veinte días de su publicación. Dos: la aplicación efectiva queda diferida desde la entrada en vigor de una orden ministerial de Hacienda (disposición final tercera.1). Tres: Verifactu (el SIF con el que emites) es otra norma, con plazos 2027. Un pack que junta las tres y un lector OCR es un comercial, no el BOE.

Esta página no sustituye a la sede de la AEAT ni a tu asesor. Sirve para no firmar un “kit de factura electrónica 2026” que confunde emitir, extraer y destruir papel.

Qué obliga, en lenguaje de tienda

Hoy muchas pymes “facturan en electrónico” adjuntando un PDF a un correo. El cliente lo imprime o lo archiva. Eso puede ser válido como factura en PDF; no es la factura electrónica B2B de Crea y Crece. La norma pide un mensaje con datos que otra máquina puede leer sin teclear: emisor, destinatario, bases, IVA, vencimiento, identificadores.

El Real Decreto 238/2026 desarrolla los requisitos técnicos y de información de ese sistema entre empresarios y profesionales, y los requisitos de las plataformas de intercambio. La AEAT desarrollará una aplicación o formulario gratuito que, con condiciones, permitirá expedir facturas electrónicas, generar información de estado —incluido el pago efectivo completo— y ponerla a disposición de las contrapartes y de la Administración, usando la solución pública de facturación electrónica.

Esa solución pública tiene que estar disponible al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva del real decreto (disposición final cuarta). Hasta que Hacienda publique la orden que arranca el reloj, no hay fecha de “ya es obligatorio para mi bar”. Quien te venda “entra en 2026 para todos” está leyendo el BOE a medias.

Cuándo entra en vigor de verdad

El real decreto entra en vigor a los veinte días de publicarse en el BOE. Eso no es el día en que tú tienes que enviar UBL a cada cliente. La aplicación efectiva se cuenta desde la entrada en vigor de la orden ministerial prevista en la disposición final tercera.1:

  • Doce meses después, si tu volumen de operaciones del año natural anterior —calculado como el artículo 121 de la Ley del IVA— superó 8 millones de euros.
  • Veinticuatro meses después, para el resto de empresarios y profesionales.

Sin esa orden, el calendario de 12/24 meses no ha arrancado. Conserva el PDF de la nota de la AEAT del 31 de marzo de 2026 y pregunta a tu asesor cuándo sale la orden. No firmes un “plazo 2026” que no cita esa disposición.

Cuando arranque, las empresas grandes van un año por delante. Una pyme de 12 personas no está en el mismo tramo que un grupo que facturó 20 millones. El comercial que aplica el tramo de 12 meses a un autónomo está inventando el anexo.

Qué formato cuenta (EN16931)

La factura electrónica se sustancia en un mensaje estructurado ajustado al modelo semántico EN16931, bajo una de estas sintaxis: CII; UBL (con las adaptaciones que hagan falta entre empresarios y profesionales); mensaje EDIFACT de factura; mensaje Facturae. En plataformas privadas, Peppol BIS también vale si usa sintaxis UBL y se ajusta a EN16931.

Las plataformas privadas de intercambio deben poder transformar el mensaje entre todos los formatos admitidos, preservando autenticidad de origen e integridad de contenido. Eso es interoperabilidad, no “nuestro XML propietario”. Si tu proveedor solo habla un dialecto y el cliente otro, el transformador es el operador de la plataforma —o la solución pública—, no un becario copiando campos.

Un registro de facturación Verifactu no es esa factura. Generar el alta SIF no convierte el PDF en Crea y Crece. Al revés tampoco: un UBL bien formado no hace que tu Word deje de ser un SIF ilegal si sigues emitiendo desde plantilla.

Lo que no es factura electrónica B2B

  • No es Verifactu / VERI*FACTU. El SIF regula el programa con el que emites; Crea y Crece regula el formato del intercambio B2B.
  • No es un lector OCR de facturas. El OCR lee lo que te mandan (entrada). La factura electrónica es lo que intercambias al emitir y recibir entre empresas.
  • No es digitalización certificada (Orden EHA/962/2007). Un PDF firmado de un papel no es un mensaje EN16931.
  • No es “obligatorio mañana para todos”. El reloj de 12/24 meses no corre hasta la orden de Hacienda.
  • No es el bono de Kit Digital con el nombre que te guste. El catálogo oficial tiene una línea de factura electrónica; esta web no la lista como ficha propia. No la recitamos para vender un OCR.

Kit Digital y el estudio: sin atajo de catálogo inventado

Red.es publica una categoría de gestión de la facturación / factura electrónica. En las fichas de esta web no hay un slug “factura-electronica”: ofrecemos flujos de emisión o captura dentro de gestión de procesos cuando encajan, y el asesoramiento de Kit Consulting cuando hay que escribir el mapa. Candidatura de adhesión en curso: no afirmamos la condición de Adherido.

La AEAT, en sus FAQ de SIF (actualizadas a 21 de julio de 2026), dice que la aplicación gratuita VERI*FACTU podría servir más adelante para facilitar la emisión de facturas electrónicas B2B. “Podría” no es “ya emite Crea y Crece”. No vendas la FAQ como un producto listo.

Si el dolor de esta semana es teclear facturas de proveedor, eso no espera a la orden ministerial. Es captura. Tenemos un lector OCR de facturas para extraer campos y dejar al humano las que no cuadran. No es la factura electrónica B2B. No lo presentamos como Crea y Crece.

Qué hacer esta semana

Lista con qué emites hoy (programa, plantilla, gestoría) y con qué recibes (PDF, papel, EDI). Separa tres cajones: emisión SIF/Verifactu; intercambio B2B Crea y Crece; captura de proveedor. Cada cajón tiene dueño y fecha distinta.

Pregunta a tu software: ¿emite EN16931 (CII, UBL, EDIFACT o Facturae)? ¿Habla con una plataforma de intercambio o con la solución pública? ¿Qué pasa cuando el cliente pide otro formato? Si la respuesta es “mandamos el PDF como siempre”, no estás en Crea y Crece: estás en el correo.

No destruyas el papel porque hayas pasado un escaneo. Eso es otra orden. No esperes a 2027 para dejar de teclear facturas de proveedor: eso es el lector, no el decreto.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica B2B?

El RD 238/2026 entra en vigor a los veinte días de su publicación. La aplicación efectiva se cuenta 12 o 24 meses desde la orden ministerial de Hacienda (DF tercera.1), según hayas superado o no 8 millones de euros de operaciones el año anterior. Sin esa orden, no hay día “ya”.

¿Es lo mismo que Verifactu?

No. Verifactu/SIF es el régimen del programa que emite (plazos 2027, territorio común). Crea y Crece es el formato estructurado entre empresas. Un registro de alta no es la factura electrónica.

¿La AEAT dará una solución gratuita?

Sí: una aplicación o formulario gratuito y la solución pública de facturación electrónica, que debe estar lista al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva. Condiciones y requisitos, en la sede.

¿El OCR de facturas cumple Crea y Crece?

No, si solo extrae campos de facturas recibidas. Eso es captura. El lector OCR de facturas no emite un mensaje EN16931 ni sustituye una plataforma de intercambio.

Sigue con qué es Verifactu, Kit Digital y el SIF y el lector OCR de facturas. Cuéntanos si el problema es emitir, intercambiar o teclear.

Estudioa Barcelona-n. Clutch Developer-en parte. Kit Digital eta Kit Consulting-era bideratua. Eskatu balorazioa.

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